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Buscan prisión de hasta 18 años a quienes roben ganado en Veracruz

Proponen que en Veracruz el abigeato deje de ser un delito exclusivamente patrimonial

Xalapa | 2022-12-13 | Jesús Ruíz
Buscan prisión de hasta 18 años a quienes roben ganado en Veracruz
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En el Congreso del Estado el grupo de Morena busca implementar una política de “cero tolerancia” al delito de abigeato mediante una reforma al Código Penal y que deje de ser catalogado y percibido como un delito estrictamente patrimonial.

De esta manera se consideraría como un delito que impacta la economía estatal, con penas de hasta 18 años de prisión.

A nombre de su bancada, el legislador Roberto Francisco San Román Solana destacó el impacto que tiene este delito “en la soberanía e inocuidad alimentarias y la estabilidad económica del sector pecuario veracruzano”.

La reforma, explicó, dotaría tanto a la autoridad ministerial como jurisdiccional, del marco jurídico adecuado, aumentando penas, protegiendo los bienes de la industria y evitando que las personas que resulten vinculadas a proceso obtengan los beneficios procesales dirigidos a obtener su libertad.

San Román Solana señaló que de aprobarse la reforma los presuntos responsables que sean vinculados a proceso dejarían de tener acceso al acuerdo reparatorio:

“(…) los cuales son celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado, que una vez aprobados por el Ministerio Publico o el Juez de Control, tienen como efecto la extinción de la acción penal”.

La reforma reubicaría el delito de abigeato, removiéndolo del Título VII, relativo a los Delitos contra el Patrimonio, Capítulo II, artículos 210, 210 Bis, 211 y 212, adicionando el “Título VII Bis, denominado “Delitos contra la Producción Pecuaria”.

También se adicionarían los Capítulos I, denominado “Abigeato”, y II denominado “Delito contra la Ganadería” al Código Penal para el Estado, con lo que esta conducta quedaría fuera de los delitos patrimoniales.

El diputado local dijo que de esta forma se ponderarán los bienes jurídicos intrínsecos a la actividad pecuaria del Estado y no sólo el interés patrimonial de las y los productores, sino el interés social en la preservación de la producción.

VERACRUZ ES EL PRINCIPAL PRODUCTOR

En la tribuna del Recinto Oficial de Sesiones, el diputado local dijo que el sector ganadero exige acciones más contundentes, dado que actualmente los delincuentes “logran salir libres mediante el pago de una cantidad irrisoria de dinero”.

A la fecha, de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), la incidencia delictiva del robo de ganado correspondiente a los meses de enero a octubre del año en curso, posiciona a Veracruz en el primer lugar con 357, le sigue Tabasco con 317 y San Luis Potosí con 227 casos.

“Estadísticamente ha ido en aumento el robo de ganado; además, los delincuentes han cambiado su modus operandi, ya que ahora destazan al ganado en los propios potreros, a fin de llevarse la carne y evitar con ello ser detenidos en los retenes con el animal vivo. Esto ha provocado inconformidad y manifestaciones por parte del sector ganadero y sus asociaciones de las distintas zonas del Estado de Veracruz”.

Añadió que Veracruz es el Estado con mayor cantidad de cabezas de ganado bovino destinados para carne, con 4 millones 485 mil 372 seguido de Jalisco y Chiapas.

“Sin embargo, al ser contemplado el delito de abigeato dentro de la clasificación “Delitos contra el Patrimonio”, permite que imputados por este ilícito tengan acceso al acuerdo reparatorio previsto en el artículo 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ajustándose a la hipótesis señalada en la fracción III, accediendo a una salida alterna denominada “acuerdo reparatorio”.

 

Entre otras modificaciones, la reforma plantea prisión de seis a ocho años y multa de hasta trescientas Unidades de Medida y Actualización, si la conducta descrita se ejecuta en una a dos cabezas de ganado.

Además, prisión de nueve a doce años y multa de hasta cuatrocientas Unidades de Medida y Actualización, si la conducta descrita se ejecuta en tres a cinco cabezas de ganado; y prisión de trece a dieciocho años y multa de hasta setecientas Unidades de Medida y Actualización, si la conducta descrita se ejecuta en seis o más cabezas de ganado.

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