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Estado

Funcionarios yunistas deben más de mil mdp por videocámaras e inhabilitación por 20 años

TRIJAEV ordenó a funcionarios yunistas, pagar 694 mdp del presunto daño patrimonial

Xalapa | 2024-04-07 | Jair García
Funcionarios yunistas deben más de mil mdp por videocámaras e inhabilitación por 20 años
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El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Veracruz (TRIJAEV) ordenó a ex funcionarios del gobierno yunista pagar 694 millones de pesos del presunto daño patrimonial, derivado del fallido sistema de videovigilancia, en lo que se refiere a los recursos estatales.

A la par, la Auditoría Superior de la Federación ha observado un presunto daño patrimonial por 350 millones de pesos por el mismo sistema de videovigilancia, que en breve también podría ordenarse la devolución de ese monto.

De esta manera, los ex colaboradores de Miguel Ángel Yunes Linares deben retribuir a las haciendas públicas estatal y federal un total de mil 44 millones de pesos.

A la par, el TRIJAEV resolvió inhabilitar 20 años del servicio público al ex secretario de Seguridad Pública, Jaime Téllez Marié y otros tres ex colaboradores suyos.

El TRIJAEV ya notificó a los ex servidores públicos, para que en caso de convenir a sus intereses recurran la resolución ordenada. Además de Téllez Marie, también fueron inhabilitados Juan Carlos Saldaña Morán, Guillermo Moreno Sentiés y Cuauhtémoc Santos Álvarez.

Cabe recordar que durante el bienio del ex gobernador Miguel Ángel Yunes Linares se cometió un fraude con el sistema de videovigilancia, el cual originalmente tendría un costo de 350 millones de pesos y terminó pagándose un 200 por ciento por arriba del costo original, pues se pagaron al final mil 50 millones de pesos.

Sin embargo, no todas las cámaras fueron instaladas e incluso hoy en día la empresa Comtelsat a la que se le entregó el contrato sigue colocando las cámaras pero más de la mitad, no emiten señal en vivo, como lo presumió el ex gobernador el último día de su mandato.

La historia

El cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, el director general del C4 remitió al jefe de la Unidad Administrativa el dictamen de procedencia que exceptúa el procedimiento de licitación pública nacional para la contratación mediante la modalidad de adjudicación directa para la adquisición, suministro e instalación y puesta en operación de sistemas de circuito cerrado de televisión CCTV para un Sistema Estatal de Video Vigilancia en el Estado de Veracruz elaborado por él y por la Subsecretaría de Logística, en el que resolvio que considerando la cotización de la empresa COMTELSAT S.A de C.V, por un monto de $1,116,000,000.00 (UN MIL CIENTO DIECISEIS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.).

El seis de diciembre de dos mil diecisiete, en la Novena Sesión Extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles de la Secretaría de Seguridad Pública, fue aprobada mediante el acuerdo de autorización E-IX-135-06/12/17 la adquisición, suministro e instalación y puesta en operación del sistema de circuito cerrado de televisión CCTV para un sistema de video vigilancia en el estado de Veracruz hasta por un monto de $1,116,000,000.00, sin cubrir los requisitos de la ley de adquisiciones, argumentando la excepcion por motivos de seguridad.

El siete de diciembre de dos mil diecisiete, el jefe de la Unidad Administrativa suscribió el contrato SSP-UA-111/17 para la "Adquisición, Suministro, Electrificación e Instalación y Puesta en Operación de Sistemas de Circuito Cerrado de Televisión CCTV en el estado de Veracruz" en representación de la Secretaría de Seguridad Pública del estado de Veracruz con la empresa "Comtelsat" S.A. de C.V. por un monto de $1,116,000,000.00 (un mil ciento dieciséis millones de pesos con cero centavos, moneda nacional).

Se realizaron pagos por un total de $1044,000,000 de los cuales $350,000,000 correspondían a recursos federales, de los cuales la Auditoria Superior de la Federación inicio lo investigación correspondiente; recursos pagados sin que se obtuvieran la totalidad de los bienes y el servicio contratado, aunado a que la mayoría de los bienes recibidos presentaban fallas o no servían, siendo que en el contrato fue acordado que el pago correspondiente a la primera etapa sería efectuado dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha de presentación por parte de la empresa de la póliza de fianza de cumplimiento, mientras que el pago de la segunda etapa se realizaría el setenta por ciento a más tardar el quince de marzo de dos mil dieciocho y el treinta por ciento restante dentro de los cinco días naturales a la entrega del proyecto, realizándose así pagos excedentes que rebasaban lo estipulado en el contrato.

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